Archivo - Perú.- Perú registra uno de los mayores crecimientos de recaudación en América Latina - Andina/Juan Carlos Guzmán - Archivo
Lima 19 Ago. (ANDINA) -
Alrededor de 60,000 contribuyentes deberán presentar la Declaración del Beneficiario Final ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) durante 2026, como parte de las obligaciones orientadas a transparentar la propiedad y control de las personas y entes jurídicos.
Las personas jurídicas que durante el 2024 declararon ingresos netos de hasta 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) deberán cumplir con esta obligación de acuerdo con el tramo de ingresos en el que se encuentren. La declaración puede realizarse de manera virtual, sin necesidad de acudir a una oficina de la Sunat.
El cronograma establecido por la administración tributaria contempla tres grupos. Las personas jurídicas con ingresos netos de más de 25 UIT y hasta 50 UIT deben presentar la declaración en julio de 2026; aquellas con ingresos de más de 10 UIT y hasta 25 UIT, en septiembre; y las que registraron ingresos de hasta 10 UIT, en noviembre.
Asimismo, las personas jurídicas no comprendidas en estos tramos, incluidas aquellas que anteriormente no estuvieron obligadas a presentar la declaración, deberán cumplir con esta obligación en noviembre de 2026.
En el caso de los entes jurídicos domiciliados en el Perú, como patrimonios autónomos, contratos, fondos de inversión, fondos mutuos de inversión en valores y patrimonios fideicometidos, también corresponde presentar la declaración en el periodo de noviembre de 2026.
La Declaración del Beneficiario Final se presenta mediante el Formulario Virtual N.° 3800, disponible en la plataforma Sunat Operaciones en Línea (SOL), a través del portal institucional de la Sunat.
El beneficiario final es la persona natural que posee o controla una persona o ente jurídico, de manera directa o indirecta, individualmente o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas.
La obligación busca fortalecer la lucha contra la evasión y elusión tributaria, facilitar el cumplimiento de los compromisos internacionales de asistencia administrativa en materia tributaria, incluido el intercambio de información, y contribuir a la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
La Sunat habilitó en su portal institucional una sección con información sobre la Declaración del Beneficiario Final, los sujetos obligados y el procedimiento para cumplir con esta obligación.