Publicado 08/05/2026 03:02

Día de la Madre: ¿qué derechos laborales tienen las trabajadoras gestantes y lactantes?

Andina/Archivo

Lima 8 May. (ANDINA) -

Con motivo del Día de la Madre, especialistas en materia laboral recordaron los principales derechos que protegen a las trabajadoras gestantes y lactantes en el Perú, así como las obligaciones que deben cumplir las empresas y las sanciones que podrían enfrentar en caso de incumplimiento.

El marco normativo peruano reconoce una serie de derechos orientados a proteger la salud de la madre trabajadora y de sus hijos, además de prevenir actos de discriminación en el ámbito laboral. Entre los principales derechos figura el descanso pre y post natal, que contempla un periodo de 98 días y puede ampliarse en determinados casos, como partos múltiples.

Asimismo, las trabajadoras tienen derecho a una hora diaria de lactancia durante el primer año de vida del menor, sin afectación de su remuneración.

La normativa también establece medidas de protección frente a riesgos para la salud. En caso de que las funciones desempeñadas representen un riesgo para la gestante, el embrión, el feto o el recién nacido, el empleador debe adecuar temporalmente el puesto o las funciones laborales.

Otro aspecto importante es la protección especial frente al despido por embarazo o lactancia. Según Karen Marquina, Associate Partner del Área Laboral de EY Perú, existe una presunción de discriminación cuando no se renueva el contrato temporal de una trabajadora gestante o en periodo de lactancia.

“Será responsabilidad del empleador demostrar que la no renovación responde al cumplimiento del plazo de un contrato legalmente válido”, explicó.

Además, los periodos de licencia vinculados a la maternidad son considerados como efectivamente trabajados para el cálculo de beneficios sociales, por lo que no afectan los ingresos de la trabajadora.

Sanciones para empresas

En caso de incumplimiento, las empresas pueden afrontar sanciones administrativas y procesos judiciales.En el ámbito administrativo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) puede imponer multas por vulnerar derechos relacionados con el embarazo y la lactancia, infracción tipificada en el numeral 25.16 del Decreto Supremo N.° 019-2006-TR.

Marquina indicó que estas multas se calculan sobre la totalidad de trabajadores de la empresa y contemplan una sobretasa del 50%.

En la vía judicial, si se extingue la relación laboral vulnerando derechos de la madre trabajadora, esta puede solicitar su reposición en el puesto de trabajo, además del pago de remuneraciones y beneficios dejados de percibir.

Si la trabajadora no opta por la reposición, puede solicitar una indemnización por despido arbitrario y también una compensación por daños y perjuicios.

La especialista precisó que no existe una fórmula fija para calcular esta indemnización, por lo que la trabajadora deberá sustentar el monto solicitado.

EY Perú recordó que estas obligaciones se aplican a todas las empresas, incluidas las micro y pequeñas empresas (MYPE), debido a que se trata de derechos fundamentales vinculados a la protección de la maternidad.

googletag.cmd.push(function () { googletag.display('top3_ad'); });

Contador

Contenido patrocinado