Publicado 30/04/2026 13:14

Empresas podrían recibir multas de hasta S/ 288,915 por incumplir normas sobre feriados

Lima 30 Abr. (ANDINA) -

Las empresas podrían recibir multas de hasta 288,915 soles por incumplir la normativa laboral relacionada con los feriados, considerados días de descanso obligatorio y remunerado para los trabajadores en planilla.

El socio del área laboral de EY Perú, Mauricio Matos, explicó que si un trabajador labora en un feriado sin descanso sustitutorio, tiene derecho a percibir una triple remuneración: el pago habitual por el feriado, una remuneración adicional por el trabajo realizado y una sobretasa del 100%.

Precisó que el Día del Trabajo, que se conmemora cada 1 de mayo, constituye un caso particular, ya que si coincide con el día de descanso semanal del trabajador y este labora, corresponde un cuarto pago adicional.

Asimismo, indicó que esta situación difiere de otros feriados que coinciden con el descanso semanal obligatorio, en los cuales el trabajador solo percibe el pago correspondiente a dicho descanso.

EY Perú señaló que el incumplimiento de estas disposiciones es considerado una infracción muy grave por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), lo que da lugar a sanciones económicas que varían según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.

En el caso de las empresas no MYPE, las multas pueden oscilar entre 14,465 y 288,915 soles, de acuerdo con el valor vigente de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Finalmente, Matos recomendó a las empresas revisar sus políticas internas, considerando el incremento de feriados en los últimos años, a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa laboral y evitar contingencias legales.

Cabe señalar que, además del feriado por el Día del Trabajo, en el Perú restan 12 feriados en lo que queda del 2026, entre ellos Fiestas Patrias, el Combate de Angamos, la Inmaculada Concepción y la Navidad.

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