Lima 27 Nov. (ANDINA) -
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha determinado el marco normativo para el ingreso de nuevos competidores al Sistema Privado de Pensiones (SPP), bajo estándares de solvencia, adecuada gestión de riesgos y con un enfoque en servicio.
La resolución SBS N° 04225-2025, publicada este jueves en el boletín normas legales del Diario Oficial El Peruano, establece -en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 32123 y su reglamento- las condiciones para que Entidades del Sistema Financiero (ESF) operen comoEmpresas Administradoras de Fondos(EAF), priorizando -para su evaluación- un proceso dúctil que se enfoque, sobre todo, en la calificación de fortaleza financiera, un estudio de factibilidad económico-financiero, así como de riesgos financieros y no financieros.
“Tal como lo anunciamos, hemos trabajado en un reglamento que tiene como meta contar con un procedimiento muy flexible, ágil y rápido para que nuevos actores, ya sea del sector financiero o de seguros, administren los fondos de pensiones”, afirmó el superintendente de la SBS,
Sergio Espinosa.
“Apuntamos a un marco regulatorio que haga más atractivo el ingreso de nuevos competidores, junto con la centralización de procesos”, agregó.
La norma fija un plazo máximo de 40 días hábiles para que la SBS se pronuncie sobre las solicitudes que presenten las ESF, incorporando un procedimiento TUPA para tal fin.
En esa línea, y con el fin de promover eficiencias operacionales enfocadas en mejoras del servicio a los afiliados, empleadores, pensionistas y beneficiarios, la norma dispone que las AFP actuales presenten un plan de implementación para la centralización de procesos operativos del SPP, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 32123 así como lo normado por la Ley N° 29903.
Dicho mecanismo también resulta aplicable, como opción, para las ESF de manera directa o a través de los gremios que los agrupen e incluso utilizando herramientas como el Sandbox regulatorio. De manera complementaria, se fijan disposiciones que las EAF deben tener en consideración para el tratamiento de potenciales conflictos de interés y gestión, tanto de las fases de acumulación y desacumulación, así como en inversiones.
Con estas medidas se generan las condiciones e incentivos para que los potenciales ingresantes evalúen su entrada al mercado previsional en condiciones que, a partir de la generación de eficiencias operacionales, se enfoquen en la oferta de productos, así como en la mejora del servicio al afiliado y beneficiarios.
De esta manera, la SBS impulsa procesos operacionales más modernos y alineados con la transformación digital, elevando los estándares de eficiencia y calidad del servicio mediante la innovación, según indicó en nota de prensa.
Agregó que con este proceso simplificado y flexible, la institución promueve una competencia más dinámica en el SPP -como parte del Pilar Contributivo de Capitalización Individual-, fortaleciendo la eficiencia operacional y resaltando el valor del servicio en la labor de los gestores, lo que en conjunto contribuye a fortalecer la confianza de los ciudadanos en el sistema previsional.
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