Archivo - Perú.- MEF: Balanza de pagos acumula 10 trimestres consecutivos de resultados positivos - Andina/Jhonel Rodríguez Robles - Archivo
Lima 10 Sep. (ANDINA) -
El Gobierno autorizó una transferencia de partidas por hasta 433 millones 912,564 soles a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Según el Decreto Supremo N.° 183-2026-EF, se establece que los recursos, provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, serán transferidos al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior para financiar las transferencias financieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial.
De acuerdo con el decreto supremo, estos recursos serán destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial.
Del monto total autorizado, 161 millones 463,053 soles corresponden al Ministerio de Defensa, mientras que 272 millones 449,511 soles corresponden al Ministerio del Interior.
Los recursos serán incorporados como gasto corriente, bajo la partida de “Otros Gastos”, y estarán destinados a la actividad de “Obligaciones Previsionales”.
El Decreto Supremo señala que la transferencia se realiza en aplicación del numeral 65.2 del artículo 65 de la Ley N.° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias a favor de los ministerios de Defensa y del Interior para financiar las transferencias financieras que estos deben efectuar a la Caja de Pensiones Militar Policial.
Asimismo, indica que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF informó sobre el déficit previsional correspondiente al pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial para el Año Fiscal 2026.
Procedimiento
Los titulares de los pliegos habilitados deberán aprobar, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados a nivel funcional programático dentro de los cinco días calendario contados desde la vigencia del decreto.
Además, las oficinas de presupuesto de los ministerios involucrados deberán solicitar a la Dirección General de Presupuesto Público del MEF las codificaciones que correspondan y disponer la elaboración de las respectivas notas de modificación presupuestaria.
La norma establece que los recursos de la transferencia no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos de aquellos para los cuales fueron transferidos.
El Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior serán responsables de la verificación y seguimiento del cumplimiento de la finalidad para la cual fueron transferidos los recursos.