Publicado 28/03/2024 10:38

Perú.- MEF autoriza crédito suplementario para Tumbes, Lambayeque y Lima

Lima, 28 Mar. (ANDINA) -

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la incorporación de recursos, vía crédito suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 hasta por la suma de 17 millones 499,501 soles a favor de los gobiernos regionales de Tumbes, Lambayeque y Lima.

Mediante el Decreto Supremo N° 040-2024-EF se aprobó, asimismo, la incorporación de recursos, vía crédito suplementarioa favor de la Municipalidad Provincial de Huarochirí – Matucana.

La gestion tiene por finalidad el financiamiento de la continuidad de las contrataciones de bienes y servicios para la ejecución de actividades de limpieza y descolmatación, conformación de bordos y diques con material de préstamo o propio, y colocación de roca al volteo para protección, reforzamiento y encausamiento de ríos y quebradas.

Ello apuntando a reducir los riesgos, vulnerabilidades, daños o impacto ante la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño.

Procedimiento para la aprobación

Los titulares de los pliegos habilitados en el crédito suplementario, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los 5 días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

La copia de la resolución se remite dentro de los 5 días calendario de aprobada

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” .

Para el caso del gobierno local, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.