Andina/Juan Carlos Guzmán
Lima 18 Sep. (ANDINA) -
Los afiliados que decidan trasladarse entre el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) tendrán un tratamiento distinto para sus aportes, de acuerdo con las reglas establecidas en la reforma previsional y su reglamento.
En declaraciones exclusivas a la agenciaAndina, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) dio mayores detalles sobre lo que sucederá con los montos que acumula cada afiliado y que deba ser trasladado a un sistema u otro.
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Cuando un afiliado de una AFP se traslade al Sistema Nacional de Pensiones, la Empresa Administradora de Fondos de Pensiones (EAF) deberá transferir el 100 % del saldo acumulado de sus aportes obligatorios en la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) al Fondo Consolidado de Reservas Previsionales – Decreto Ley N.° 19990, según lo establecido en el artículo 51 del Reglamento de la Ley N.° 32123.
Sin embargo,el afiliado que ingrese a la ONP no mantendrá una cuenta individual con el mismo saldo monetario que tenía en la AFP. En el SNP, sus aportes serán reconocidos mediante Unidades de Aporte (UdA), las cuales servirán para determinar sus derechos previsionales.
“En el SPP, los aportes se acumulan en una cuenta individual y generan rentabilidad. En el SNP, el afiliado no tiene una cuenta individual con el mismo saldo monetario que tenía en la AFP”, explicó la ONP.
La entidad precisó quelos aportes voluntarios con fin previsional tienen un tratamiento diferenciado y no serán transferidos inmediatamente, sino al momento de la jubilación del afiliado, conforme a las disposiciones aplicables. Asimismo, si el afiliado realizó retiros de su CIC, solo se reconocerán las UdA correspondientes a los recursos que permanezcan en dicha cuenta, de acuerdo con la fórmula establecida para estos casos.
En el caso contrario,el afiliado que pase del sistema nacional al privado será incorporado a una AFP y contará con una nueva Cuenta Individual de Capitalización(CIC). No obstante, los aportes que realizó anteriormente en la ONP no se convertirán retroactivamente en aportes que hubieran sido invertidos en una AFP.
Es decir,no se les aplicará la rentabilidad histórica que hubiera generado un fondo privado. La ONP verificará las condiciones para el traslado y, cuando corresponda, remitirá al afiliado, a la AFP y a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) el RESIT-SNP, documento que contiene las UdA reconocidas por los aportes efectuados en el sistema nacional.
De acuerdo con el Reglamento Operativo de Traslados, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000081-2026-PE-ONP,
cada UdA representa un mes de aporte. Para establecer su equivalencia, se considerarán las tasas de aporte del SNP y del SPP que se encontraban vigentes en el mes en que se efectuó cada aporte.
De esta manera, la reforma establece mecanismos para reconocer la trayectoria previsional del afiliado cuando cambia de sistema, bajo las reglas correspondientes a cada régimen. Además,quienes se trasladen de la ONP a una AFP podrán solicitar el Bono de Reconocimiento, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las normas correspondientes, precisó la ONP.
Cabe destacar que el Bono de Reconocimiento es un beneficio que reconoce los aportes realizados previamente al Sistema Nacional de Pensiones por una persona que se incorpora al Sistema Privado de Pensiones. Su finalidad es que ese periodo de aportes sea considerado dentro de su previsión en el SPP, siempre que el afiliado cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
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