Publicado 11/09/2026 07:29

ONP publica reglamento para traslado de afiliados desde el 1 de junio del 2027

Perú.- ONP recibe S/ 89.5 millones para financiar pensiones de jubilados del régimen 20530
Perú.- ONP recibe S/ 89.5 millones para financiar pensiones de jubilados del régimen 20530 - Andina/Difusión

Lima 11 Sep. (ANDINA) -

En el marco de la implementación de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (Ley N° 32123), la Oficina de Normalización Previsional (ONP) publicó el Reglamento Operativo de Traslados.

El reglamento se aprobó mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000081-2026-PE-ONP, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, cuyo texto fue elaborado en coordinación con la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS).

El documento regula los procedimientos y condiciones para el tránsito entre los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

La ONP señaló que este avance constituye un paso importante en la implementación del Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP), al establecer un marco que permitirá a los afiliados trasladarse entre regímenes previsionales de manera voluntaria, informada y transparente.

Según lo establecido, a partir del 1 de junio del 2027, se iniciará el proceso de asesoría, recepción y atención de solicitudes de traslados para todos los afiliados.

Todos los afiliados tienen la posibilidad de trasladarse del Sistema Nacional de Pensiones al Sistema Privado de Pensiones o viceversa, siempre que lo hagan de forma informada y aceptando las condiciones y los beneficios de cada régimen.

De acuerdo con el reglamento, las claves del proceso son:

- Plataforma única: el trámite se realizará a través de la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), herramienta digital única que centraliza la afiliación y traslado entre regímenes.

- Disponibilidad: el primer traspaso se podrá solicitar en cualquier momento a partir del 1 de junio de 2027. Para posteriores traslados el afiliado deberá permanecer por un período mínimo de 24 meses en el régimen en el que se encuentra.

- Restricciones: los pensionistas de jubilación e invalidez de ambos regímenes no pueden trasladarse, debido a que ya se encuentran percibiendo una pensión.

La SBS emitirá normas complementarias y continuará coordinando con la ONP las acciones correspondientes para asegurar un proceso de traslado seguro, transparente y orientado a una adecuada toma de decisiones previsionales por parte de los ciudadanos.

(FIN) NDP/CNA

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