Lima 27 Jul. (ANDINA) -
El Ministerio de la Producción (Produce) estableció medidas de conservación para la pesquería de atunes en cumplimiento de las resoluciones de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT).
Mediante Resolución Ministerial Nº 00218-2026-PRODUCE, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se estableció dichas medidas, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, las cuales son de cumplimento por parte de las embarcaciones pesqueras nacionales registradas ante la CIAT.
La norma dispuso el periodo de veda de la pesquería de los atunes comprendidos en el artículo 3 del reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, quedando prohibida la extracción de la siguiente manera:
Las embarcaciones pesqueras de cerco de clase 3, 4 y 5 de capacidad de la CIAT pueden operar en otras pesquerías distintas al atún, durante el período de veda, conforme a sus correspondientes permisos de pesca vigentes, para lo cual sus titulares requieren un observador a bordo acreditado por el Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
Mientras que las embarcaciones pesqueras de cerco de clase 6 de capacidad de la CIAT requieren la presencia de un observador a bordo acreditado por el Imarpe, cuando se trate de pesquerías distintas al atún.
El dispositivo legal establece el límite de captura total de atún patudo (Thunnus obesus) en 500 toneladas métricas para el año 2026, aplicable a las embarcaciones pesqueras atuneras palangreras mayores de 24 metros de eslora total que enarbolan el pabellón peruano en el Océano Pacífico Oriental.
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Produce es responsable de las acciones de seguimiento y control de las capturas y procesamiento de atunes, provenientes de las embarcaciones pesqueras de cerco.
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