Publicado 16/03/2026 12:37

Sunafil: empresas podrían recibir hasta S/ 143,660 de multa por no pagar utilidades

Lima 16 Mar. (ANDINA) -

Hasta los 143,660 soles puede ser multada una empresa por no pagar las utilidades a sus trabajadores, según el tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados, informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

¿Sabes qué es la participación en las utilidades de una empresa? Es un derecho de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada que consiste en recibir, por parte de su empresa empleadora, un porcentaje de sus ganancias o renta anual antes de impuestos.

Cabe señalar que el porcentaje a distribuir depende del tipo de actividad económica de la empresa: Pesqueras (10%), agrarias (7.5% entre el 2024 al 2026), empresas de telecomunicaciones (10%), industriales (10%), mineras, comercio y restaurantes (8%), otras actividades (5%).

La participación de utilidades se calcula en dos partes iguales.

El 50 % se distribuye según los días efectivamente laborados por cada trabajador: se divide el monto entre el total de días trabajados por todos y luego se multiplica por los días trabajados por cada trabajador. El otro 50 % se distribuye según las remuneraciones percibidas: se divide el monto entre el total de remuneraciones pagadas en el año y el resultado se multiplica por la remuneración anual de cada trabajador.

En el caso de trabajadores a tiempo parcial las horas laboradas se suman hasta completar la jornada ordinaria de la empresa para efectos de determinar los días laborados.

Las utilidades que se pagarán este año corresponden al ejercicio 2025 y deben abonarse dentro de los 30 días calendario posteriores al vencimiento del plazo establecido para que cada empresa presente su Declaración Jurada del Impuesto a la Renta. Para ello, se debe tomar en cuenta el cronograma de vencimiento del Impuesto a la Renta publicado por la SUNAT, de acuerdo con el último dígito del RUC.

Plazo máximo para exigir el pago de las utilidades

Los trabajadores tienen cuatro años para reclamar su derecho a participar en las utilidades de la empresa donde laboraron. Vencido este plazo, las utilidades no cobradas serán distribuidas entre los demás trabajadores en el ejercicio en el que venza el plazo prescriptorio.

La Sunafil continuará informando sobre los diversos derechos sociolaborales para empoderar a los trabajadores y recordar sus responsabilidades a los empleadores.

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