Publicado 05/06/2026 10:37

Sunat: operadores de comercio exterior emitirán guías de remisión electrónica

Perú.- BCR: exportaciones suman US$ 28,725 millones en el primer trimestre del 2026
Perú.- BCR: exportaciones suman US$ 28,725 millones en el primer trimestre del 2026 - Andina/Difusión

Lima 5 Jun. (ANDINA) -

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó la obligación de emitir la Guía de Remisión Electrónica (GRE) - Remitente en las operaciones de comercio exterior, para el traslado de las mercancías extranjeras desde el puerto o aeropuerto hacia un almacén aduanero o a un local considerado temporalmente como zona primaria, así como para la importación y exportación.

La Resolución de Superintendencia N° 108-2026/Sunat tiene como objetivo agilizar y simplificar los trámites para la emisión de la Guía de Remisión Electrónica, evitando sobrecostos para los usuarios y reduciendo el tiempo de salida de las mercancías de los terminales portuarios, asegurando el control y la trazabilidad de los bienes transportados.

Considerando que los terminales portuarios cuentan con un sistema electrónico para la programación del retiro de contenedores, se ha implementado un nuevo tipo de documento denominado Cita u Orden de Entrega de Mercancías, aplicable al retiro de contenedores en bloque.

Asimismo, se ha establecido que la agencia de aduana que cuente con mandato para despachar de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Aduanas y su reglamento, será responsable de emitir la Guía de Remisión Electrónica únicamente cuando exista un acuerdo para el traslado de la mercancía. En caso contrario, la obligación de emitir la guía de remisión recaerá en el importador o exportador.

Por otro lado, Sunat indicó que para el caso de una importación que involucre más de un contenedor y el retiro de estos se realice en más de un vehículo, la información sobre el peso total de la carga y la unidad de medida de este, así como el número de contenedor y el número de precinto, tendrán un carácter opcional.

De igual manera, cuando la importación comprenda bultos o pallets retirados en más de un vehículo, la cantidad de bultos, el peso total de la carga y su unidad de medida son datos opcionales para la emisión de la Guía de Remisión Electrónica.

Adicionalmente, para la Guía de Remisión Electrónica por evento se han incorporado dos nuevos motivos: el cambio de conductor y la modificación de la Cita u Orden de Entrega de Mercancías por parte de los terminales portuarios.

Con estas medidas se estima beneficiar a más de 400,000 emisores electrónicos, simplificando sus procesos y reduciendo costos vinculados a la emisión de más de 500 millones de Guías de Remisión Electrónica - remitente.

Para más información sobre las nuevas obligaciones referidas a la emisión de las Guías de Remisión Electrónica, los contribuyentes pueden ingresar al portal web especializado: cpe.sunat.gob.pe/.

(FIN) NDP/CNA/JJN

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