Publicado 15/09/2026 12:15

Todo lo que debes saber sobre la reforma previsional y el traslado de una AFP a la ONP

Andina/Carlos Américo Lezama Villantoy

Lima 15 Sep. (ANDINA) -

Los trabajadores que aportan a un sistema previsional, sea público o privado, podrán optar por trasladarse de una Administradora Privada de Fondo de Pensiones (AFP) a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o viceversa, a partir de junio del próximo año, explicó hoy el hoy el economista Jorge González Izquierdo.

"Todos los trabajadores que aportan a un sistema previsional deben tener presente esta fecha. A partir del 1 de junio podrán presentar sus solicitudes de traslados", declaró en entrevista con Andina al Día del Canal Andina Online.Pensión mínima: conoce los pasos para acceder a este beneficio si eres afiliado a una AFP

Ello en virtud de la reciente publicación de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000081-2026-PE-ONP, el sábado 11 de setiembre, en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.

De este modo, comentó que ya se han publicado varios reglamentos que efectivizan y van poniendo en práctica la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano que se aprobó el año pasado.

¿Todos podemos optar por ese cambio?

De acuerdo con la ONP, todos los afiliados tienen la posibilidad de trasladarse del Sistema Nacional de Pensiones al Sistema Privado de Pensiones o viceversa.

Ello siempre y cuando lo hagan de forma informada y aceptando las condiciones y los beneficios de cada régimen.

Claves del proceso

De acuerdo con el reglamento aprobado debes estar atento a estas claves del proceso:

- Plataforma única: el trámite se realizará a través de la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), herramienta digital única que centraliza la afiliación y traslado entre regímenes.

- Disponibilidad: el primer traspaso se podrá solicitar en cualquier momento a partir del 1 de junio de 2027. Para posteriores traslados el afiliado deberá permanecer por un período mínimo de 24 meses en el régimen en el que se encuentra.

- Restricciones: los pensionistas de jubilación e invalidez de ambos regímenes no pueden trasladarse, debido a que ya se encuentran percibiendo una pensión.

La SBS emitirá las normas complementarias y continuará coordinando con la ONP las acciones correspondientes para asegurar un proceso de traslado seguro, transparente y orientado a una adecuada toma de decisiones previsionales por parte de los ciudadanos.

Fin del monopolio

De otro lado, el economista también destacó que Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano señala que las AFP ya no van a tener el monopolio de la administración de los ahorros de los trabajadores.

"Las AFP van a ser una alternativa que el trabajador va a poder elegir. Una alternativa", aseveró.

Mencionó que hay otras alternativas, como, por ejemplo las Cajas y las Cooperativas de Ahorro y Crédito que podrían manejar fondos previsionales.

"Se rompe el monopolio a las AFP, eso es conveniente y es positivo. Pero considero que entidades como las Cajas y las Cooperativas no están capacitadas para administrar fondos de ahorro de los trabajadores, hoy en día", comentó.

Hay que tener mucho cuidado con ello, porque se trata de ahorros de la gente, de los trabajadores, de fondos a los que se debe cuidar con el 100% de seguridad", puntualizó.

(FIN) SDD/JJN

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