VALLADOLID, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -
Las defensas de los tres acusados de importar de Colombia cocaína impregnada en carbón, que fue incautada en una nave de Medina del Campo (Valladolid) en 2001, han pedido la nulidad de las actuaciones y la libre absolución de sus patrocinados, mientras que la Fiscalía ha mantenido su petición global de 30 años (diez para cada uno).
Este miércoles se ha celebrado en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid la última sesión de este juicio contra Julio Ángel P, Gabriel M.G. y Abdelkrim M, acusados de importar 862 kilos de cocaína impregnada en dos contenedores que llegaron en dos camiones hasta una nave de Medina del Campo (Valladolid) en abril de 2021, cuando la Policía Nacional arrestó a los procesados y se incautó de la droga.
En sus conclusiones, las defensas han coincidido en solicitar la nulidad de las actuaciones por entender que la actuación policial que se produjo en Medina del Campo, con una entrada en una nave y el registro de los contenedores donde se encontraron más de 1.300 sacos de carbón en 32 de los cuales había droga impregnada en el mineral, se produjo sin la presencia del letrado de la administración judicial y la preceptiva orden judicial pese a que el decreto de Fiscalía lo ordenaba.
Los letrados han argumentado que el policía que actuó como jefe de la instrucción consideró que no era necesario a pesar de la orden, lo que a juicio de las defensas provocó que no se cumplieran las garantías jurídicas suficientes de llevar a cabo una entrada vigilada, por lo que las pruebas obtenidas y las actuaciones posteriores carecerían de validez.
Por otra parte, han manifestado dudas por la toma de muestras de la droga y su análisis, al no haberse tomado suficientes muestras como indican los protocolos y haber extrapolado a los sacos de carbón en los que se encontró cocaína unos resultados parciales que supondrían que el cálculo de los 862 kilos de cocaína como peso neto incautado se podría reducir a unos 7 kilogramos, lo que rebajaría la multa solicitada por la acusación pública, que ascendía a 33,2 millones.
Aún así, las defensas se han centrado en desmontar la tesis de la Fiscalía de que los tres eran los destinatarios de la droga y tenían intención de venderla.
El abogado de Julio Ángel P. ha rechazado la base de la acusación de que se valía de un abanico de sociedades para traficar, cuando no hay un solo dato, pero además considera que se ha acreditado que no tenía trato habitual con otro de los acusados, Gabriel M.G, que sólo aportó una nave como depósito fiscal para almacenar el carbón, mientras que Abdelkrim M. era una persona que le acompañaba y hacía trabajos manuales para él, mientras que estos dos últimos apenas se conocían.
La defensa ha insistido en que no se ha encontrado prueba alguna en la revisión de la contabilidad de las empresas de su patrocinado, pero tampoco nada en los registros domiciliarios.
En cuanto a la defensa de Gabriel, el abogado ha apuntado la trayectoria de 35 años del acusado como ertzaina que lo único que había hecho era poner sus ahorros en una inversión para un depósito fiscal que había estado tres años funcionando sin ningún problema y estar después en el momento y el lugar "equivocados" e incluso la Policía pregunta "quién es" durante la intervención y ni siquiera le esposa, por lo que no era conocido del supuesto entramado. Asimismo, ha señalado el detalle de que el acta de información de derechos de su detención estaba escrita "a mano" cuando en los otros dos casos lo estaban a ordenador.
Además, ha apuntado con ironía a la "preparación" que tenían en la nave para recibir un cargamento de las proporciones que se indica, con una cerradura que no abría, un "toro" estropeado con el que no se podía descargar o sin tener si quiera unas cizallas para abrir el contenedor. "Qué clase de narcotraficantes son, más parece que es una chapuza", ha señalado el abogado.
El abogado ha cuestionado el sentido que tiene almacenar la droga en un depósito fiscal, cuando éste recibe a la policía aduanera cuando se saca mercancía, o el hecho de que se haya tratado a Julio Ángel como un "famosísimo narco" con una noticia sacada de Internet.
Así, considera que no hay un entramado de empresas, no hay transacción alguna o documento en el que figuren Gabriel y Abdelkrim, no se ha visto ninguna operación "sucia" de las sociedades de Julio Ángel o encontrado algo en registros del piso, por lo que ha avalado la absolución.
En cuanto al abogado de Abdelkrim, quien también ha pedido la nulidad, ha destacado que sólo se le puede atribuir haber conocido en 2018 a Julio Ángel y su madre y haber realizado trabajos manuales a cambio de dinero que pedía que se ingresara en la cuenta de su mujer a pesar de que él cobra una ayuda de 400 euros, por lo que tampoco se observa lucro en actividad alguna, ya que sólo ha percibido del empresario 2.400 euros, todo ingresado en la cuenta de su mujer. "Ni un solo indicio de que se haya lucrado notoriamente", ha matizado.
El letrado ha señalado la labor de acompañamiento que hacía a Julio Ángel, pero también la forma de desentenderse cuando éste hablaba con otras personas de sus negocios, a lo que se suma la baja capacidad intelectual que señalaron en un informe los técnicos, que indicaron que no enjuiciaba lo que pasaba, sino que sólo actuaba, así como que era una persona obediente y sumisa.
También ha tratado de desmontar la labor de "vigilancia" que tenía atribuida, cuando los tres iban juntos en lugar de anticiparse para avisar de un riesgo, el hecho de que se durmiera en un coche, vigilara sitios donde no había nadie por la pandemia o no se preocupara por estar pendiente del chófer de uno de los camiones cargados con droga.
30 AÑOS DE PRISIÓN
Por su parte, la fiscal ha mantenido su petición de diez años de prisión para cada uno de los acusados y ha insistido en el tipo agravado por entender que, aunque se rebajara la cantidad de droga a 27 kilos al tener sólo en cuenta las muestras, sería de "notoria importancia".
La acusación pública, que considera adecuada la toma de muestras y que la entrada en la nave se hizo correctamente al no tratarse de un domicilio, considera que ha quedado "claro" que el envío de droga a través de un buque había quedado acreditada y que los tres acusados la esperaban, aunque fuera Julio Ángel P. quien más se encargaba de la organización y cree que, junto a Gabriel M, hizo un seguimiento cercano.
La fiscal considera que los tres acusados se encontraban en el lugar y existen "más que indicios suficientes" de que esperaban la mercancía y tenían intención de extraerla y venderla.
Así, considera que los hechos constituyen un delito y se debe tener en cuenta la conducta de "extrema gravedad", por lo que ha mantenido la petición de diez años, que se vería sustancialmente reducida si no se tuviera en cuenta. En cuanto a la multa, considera que hay que calcularla en función de las tablas de valoración en función de la cantidad que se tenga en cuenta que se incautó, dada las diferentes interpretaciones sobre la extrapolación de las cantidades obtenidas en las muestras.