Publicado 19/06/2026 09:39

Cancillería rechaza favorecimiento político o alteración de material electoral

Andina/Ricardo Cuba

Lima 19 Jun. (ANDINA) -

Con relación al proceso electoral desarrollado en el exterior, el Ministerio de Relaciones Exteriores reafirmó su respeto a la voluntad popular, a la autonomía de los organismos electorales y al derecho de las organizaciones políticas de formular, por las vías legales correspondientes, las observaciones o recursos que consideren pertinentes.

Asimismo,

rechazó cualquier afirmación que atribuya a sus funcionarios consulares actos de interferencia, manipulación, favorecimiento político o alteración del material electoral.

"En el voto de los ciudadanos peruanos residentes en el exterior, el Ministerio de Relaciones Exteriores cumple funciones de organización y apoyo logístico a través de las oficinas consulares, en coordinación con los organismos electorales", destacó en un comunicado.

Recalca que dichas labores se desarrollan con la valiosa participación de ciudadanos peruanos que actúan como miembros de mesa y con la intervención de los personeros acreditados por las organizaciones políticas, quienes contribuyen a la transparencia y control del acto electoral.

Lee también: Colcabamba: Fiscalía sustenta hoy pedido de 18 meses de prisión preventiva para militares
"La calificación de actas, el cómputo de votos, la resolución de impugnaciones y la proclamación de resultados no corresponden a la Cancillería",precisa.

El comunicado se detalla que una vez concluida la votación en el exterior, los resultados son consignados por los miembros de mesa en las actas correspondientes, las cuales son debidamente lacradas para garantizar su inviolabilidad. Todos los personeros acreditados reciben copia de las actas.

Asimismo, los carteles de resultados son publicados en los locales consulares. Luego de ello, los funcionarios consulares remiten los ejemplares correspondientes de las actas, cédulas de sufragio utilizadas y padrones a las autoridades electorales competentes, mientras que el procesamiento, escaneo, cómputo y consolidación de dichas actas corresponde a la ONPE, conforme a sus competencias legales.

Se refiere también que para la primera vuelta electoral, a solicitud de la ONPE, se implementó de manera complementaria un aplicativo para el escaneo de acta únicamente en 108 de las 180 oficinas consulares que organizaron procesos electorales en el exterior. "Dicho aplicativo no sustituyó el procedimiento legal de remisión física de las actas ni las competencias de los organismos electorales".

En tanto que en coordinación con la ONPE, se dispuso no continuar con esa actividad complementaria en la segunda vuelta. Esta decisión, se subraya, no modificó la Ley Orgánica de Elecciones ni alteró el procedimiento legal de repliegue del material electoral, ni tampoco produjo un vacío en la cadena de custodia ni un período sin control sobre el material electoral.

Puede leer el comunicado completo en el https://www.gob.pe/institucion/rree/noticias/1408880-sobre-e..." target="_blank" class="ApplyClass">siguiente enlace.

googletag.cmd.push(function () { googletag.display('top3_ad'); });

Contador

Contenido patrocinado