Publicado 12/06/2024 21:50

Perú.- Congreso: Comisión aprueba dictamen que modifica Consejo Directivo del IRTP

Lima 13 Jun. (ANDINA) -

La Comisión de Descentralización del Congreso aprobó en su sesión de este miércoles un dictamen que modifica el Decreto Legislativo que crea el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP), en lo referido a su Consejo Directivo.

El https://wb2server.congreso.gob.pe/service-alfresco/alfresko/...;key=47j6sp1KH2elP2IphiOp78e" target="_blank" class="ApplyClass">dictamen con texto sustitutorio del Proyecto de Ley 7426, que busca “fomentar pluralidad e idoneidad en la conformación” del cuerpo directivo delIRTP, se aprobó con 21 votos a favor y una abstención.

El texto incorpora el artículo 5-A al https://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/DecretosLegisla..." target="_blank">Decreto Legislativo 829, el cual señala que el mencionadoConsejo Directivoestará conformado por los siguientes miembros:

- Un representante de laPresidencia del Consejo de Ministros, designado por resolución suprema, quien lo presidirá.

- Un representante delMinisterio de Cultura, designado por resolución suprema.

- Un representante delMinisterio de Educación, designado por resolución suprema.

- Un representante delPoder Legislativo, designado por la Mesa Directiva del Congreso de la República.

- Un representante delPoder Judicial, designado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Se precisa que los miembros delConsejo Directivo del IRTPdeben ser profesionales calificados, de reconocida experiencia en el ejercicio de la función pública ycontar con conocimientos en aspectos informativos, educativos y culturales, entre otros requisitos que se establecen en el reglamento de organización y funciones.

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“No pueden ser designados miembros del consejo directivo los que cuenten con sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autores o cómplices, por la comisión de delito doloso o cuenten con inhabilitación administrativa firme o inhabilitación por sentencia judicial consentida o ejecutoriada”,agrega la modificatoria.

Como disposición complementaria final, se precisa que elPoder Ejecutivoadecuará el reglamento de organización y funciones delIRTPen un plazo no mayor de 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la norma.