Publicado 08/06/2026 23:40

Congreso: Subcomisión evaluó denuncias constitucionales contra Dina Boluarte

Perú.- Congreso: Subcomisión de Acusaciones realizó audiencia de denuncia contra Alberto Otárola
Perú.- Congreso: Subcomisión de Acusaciones realizó audiencia de denuncia contra Alberto Otárola - Andina/Difusión

Lima 9 Jun. (ANDINA) -

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, presidida por la congresista Lady Camones Soriano (bancada APP), evaluó informes de calificación vinculados a denuncias constitucionales contra altos funcionarios y exautoridades del Estado, como la expresidenta Dina Boluarte Zegarra.

La Subcomisión aprobó, con 6 votos a favor, 3 en contra y ninguna abstención, el informe de calificación que recomendó rechazar de plano y declarar improcedente la Denuncia Constitucional 474, presentada por el congresista Elías Varas Meléndez contra Boluarte Zegarra.

La denunciaatribuía a la exmandataria una presunta infracción de los artículos 38 y 118de la Constitución, así como la posible comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito y omisión de consignar declaraciones en documento, tipificados en los artículos 401 y 429 del Código Penal.

El caso se sustentó en reportajes periodísticos difundidos por La Encerrona y Panorama, en los que se informó que Boluarte habría usado relojes Rolex y joyas de lujo en distintas actividades públicas. Según el denunciante, esos bienes no habrían sido declarados y podrían configurar un presunto enriquecimiento ilícito.

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En ese sentido, el informe concluyó que la posesión y el origen de los relojes y joyas ya fueron evaluados en la Denuncia Constitucional 492. Dicho caso fue archivado mediante informe final aprobado el 11 de abril de 2025, y la Comisión Permanente confirmó ese archivamiento el 23 de mayo de 2025.

Por esa razón, la Subcomisión aplicó el literal m) del artículo 89 del Reglamento del Congreso, que impide presentar nuevamente una denuncia ya archivada hasta el siguiente periodo anual de sesiones, salvo que exista nueva prueba. En consecuencia, el informe planteó el rechazo de plano y la improcedencia de la Denuncia Constitucional 474.

Denuncia constitucional 599Posteriormente, la Subcomisión aprobó, con 9 votos a favor, 1 en contra y ninguna abstención, el informe de calificación que recomendó declarar improcedente la Denuncia Constitucional 599, formulada por la congresista Ruth Luque contra la expresidenta Boluarte y el ministro de Estado Jorge Montero.

La denuncia atribuía a ambos funcionarios una presunta infracción de los artículos 66, 103 y 118 de la Constitución, a raíz de la emisión del Decreto Supremo 009-2025, publicado el 18 de mayo de 2025. Dicha norma reglamentó la Ley 32213 y modificó aspectos relacionados con el Registro Integral de Formalización Minera, conocido como Reinfo.

Según la denuncia, el decreto incorporó una modificación sustancial al Decreto Supremo 018-2017 al permitir la transferencia de la titularidad del Reinfo por sucesión hereditaria. La denunciante sostuvo que esa medida no contaba con habilitación legal expresa y podía afectar materias vinculadas a la formalización minera, el ambiente, la economía y los recursos naturales.

En ese marco, el informe sostuvo que no se configuró una infracción constitucional estricta atribuible a Dina Boluarte ni a Jorge Montero. En esa línea, el documento precisó que la sola emisión de una norma reglamentaria cuestionada no genera, por sí misma, responsabilidad constitucional contra los altos funcionarios que la suscribieron o refrendaron.

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