Lima 8 Nov. (ANDINA) -
El Gobierno aprobó el Decreto Legislativo Nº 1742 que regula la participación excepcional y temporal de las Fuerzas Armadas en acciones de seguridad externa en los establecimientos penitenciarios en apoyo al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y a la Policía Nacional del Perú (PNP), en el marco de una declaratoria de estado de emergencia.
La norma, publicada hoy en la Edición Extraordinaria del Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tiene como finalidad de fortalecer la seguridad y el control en los establecimientos penitenciarios.
Este es el primer decreto legislativo aprobado por el Ejecutivo tras obtener las facultades legislativas del Congreso.
Actuación de las FF.AA
La norma permite que las Fuerzas Armadas pueden ejecutar, de manera excepcional y temporal, acciones de seguridad externa, sin perjuicio del apoyo tecnológico, logístico y de inteligencia al Inpe vinculados con la seguridad externa, cuando se declaren en estado de emergencia uno o más establecimientos penitenciarios.
Estas acciones se ejecutan en coordinación con el Inpe, respetando las competencias constitucionales y legales de las entidades involucradas y dentro de los límites establecidos en la declaratoria de estado de emergencia y en las disposiciones que autorizan la intervención de las Fuerzas Armadas.
Además, el empleo y uso de la fuerza durante la ejecución de las acciones previstas se sujetan a lo establecido en el decreto legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, su reglamento y demás norma vigente.
Alcance de acciones
Según la norma, las FF.AA pueden ejecutar acciones de seguridad externa destinadas a fortalecer la vigilancia, protección y control del perímetro exterior, las vías de acceso y los puntos críticos externos de los establecimientos penitenciarios comprendidos en una declaratoria de estado de emergencia, en coordinación con la Policía Nacional del Perú (PNP) y el INPE.
Entre algunas de las acciones de seguridad externa se encuentran: establecer y mantener anillos de seguridad y dispositivos de protección en el perímetro exterior; ejecutar acciones de vigilancia, patrullaje e inteligencia en zonas de influencia de establecimientos penitenciarios; detectar, identificar, interceptar o neutralizar o impedir la operación de aeronaves no tripuladas u otros dispositivos aéreos no autorizados.Además, podrán instalar y operar inhibidores y detectores de señales radioeléctricas de telecomunicaciones; brindar apoyo en el control, revisión y registro de ingresos de visitas, proveedores y personal penitenciario o brindar apoyo de transporte aéreo y terrestre, así como la logística necesaria para el despliegue del personal y traslado de internos, entre otras acciones.
El Decreto Legislativo Nº 1742 lleva la firma de la presidenta de la República, Keiko Fujimori Higuchi; el presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta Velarde; el ministro de Defensa, Jorge Belaunde Llosa; el ministro del Interior, César Astudillo Salcedo; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Ernesto Álvarez Miranda.