Publicado 28/01/2026 14:18

Elecciones 2026: Conoce aquí en qué casos puedo excusarme de ser miembro de mesa

Lima 28 Ene. (ANDINA) -

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realizará mañana el sorteo público de miembros de mesa (titulares y suplentes) para las elecciones generales 2026. Conoce aquí cuáles son las causales para presentar una excusa para no cumplir con el cargo, solicitar una dispensa o presentar una tacha.

Según la Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) el cargo de miembro de mesa de sufragio es irrenunciable; sin embargo, se puede presentar una excusa en estos casos:

- Notorio o grave impedimento físico o mental.- Necesidad de ausentarse del territorio de la República.- Encontrarse en estado de gestación o en periodo de lactancia de niños hasta los dos (2) años de edad cumplidos a la fecha de la elección.- Ser mayor de sesenta y cinco (65) años-Estar incurso en alguna de las incompatibilidades señaladas en el artículo 57 de la https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/obtenerDocumento?i..." target="_blank">Ley 26859referidas a impedimentos para ser miembro de las mesas de sufragio .

Si fuiste elegido como miembro de mesa y no puedes cumplir con tu deber electoral, presenta ante laONPEuna excusa hasta 5 días hábiles después de la publicación definitiva del listado d?efinitivo de los miembros titulares y suplentes de las mesas de votación.

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Si saliste elegido como miembro de mesa y por temas de salud no puedes cumplir con tu deber electoral, puedes tramitar tu justificación hasta 5 días calendario antes de las elecciones.

Si conoces el caso de un miembro de mesa cuya designación podría poner en peligro la transparencia del proceso electoral, puedes presentar una tacha para anular su designación hasta 3 días hábiles después de publicarse los resultados del sorteo de los miembros de mesa.

La normativa electoral también establece que los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero que, por razones de salud o causa de fuerza mayor, no pueden justificadamente emitir su voto, deben solicitar al Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Oficina Consular, una dispensa de sufragio.

(FIN) RMCH/CVC

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