Publicado 22/11/2025 08:51

Elecciones 2026: magistrados están prohibidos de realizar proselitismo político

Lima 22 Nov. (ANDINA) -

El Código de Conducta del Poder Judicial establece que juezas, jueces y personal jurisdiccional tienen prohibido realizar proselitismo político mediante el uso de sus funciones, infraestructura, bienes o recursos públicos, sea a favor o en contra de organizaciones políticas o candidatos.

Dicha disposición fue presentada por la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, durante la inauguración delI Encuentro Nacional e Internacional sobre Integridad y Lucha contra la Corrupción, realizado en Lima.
La norma alcanza también afuncionarios, personal de alta dirección y servidores judiciales, independientemente de su régimen laboral o tipo contractual, e impide efectuar propaganda política en horario de trabajo, convocar a reuniones o pedir aportes para campañas.

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Ventajas indebidas

El documentoprohíbe solicitar o aceptar beneficios personales o para terceros mediante el ejercicio del cargo, así como recibir dinero, bienes o ventajas para acelerar trámites o direccionar el resultado de un pronunciamiento.

Igualmente,proscribe utilizar el cargo para obtener empleos, contratos o beneficiosen instituciones públicas o privadas, y aceptar capacitaciones o viajes financiados por empresas proveedoras del Poder Judicial.

Imparcialidad y neutralidad

Entre las conductas esperadas,el Código exige actuar con imparcialidad, independencia y neutralidadrespecto a personas, instituciones o partidos. Las decisiones no deben responder a presiones políticas o económicas, ni deben emitirse opiniones que revelen preferencia política durante el ejercicio de las funciones.

Asimismo, se precisa queno puede usarse el cargo para promover causas personales o políticasdentro de la institución, en concordancia con los principios de transparencia, responsabilidad, discreción, uso adecuado de los bienes del Estado, responsabilidad y el ejercicio adecuado del cargo.

Otras prohibiciones

El instrumento normativo tambiéncensura el uso de información privilegiada, así como permitir su difusiónpara beneficio propio o de terceros. Impide mantener relaciones o aceptar situaciones que generen conflicto de intereses.

Además,sanciona acciones que alteren el normal desarrollo laboral, como consumir alcohol o drogas y/o estupefacientes en el centro de trabajo. También reprueba ejercer presiones, amenazas, acoso u hostigamiento que afecten la dignidad de otros servidores.

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Conductas esperadas

El Código detalla quemagistrados y personal jurisdiccional deben adoptar decisiones objetivasbasadas en evidencias, actuar sin discriminación y aplicar criterios de ética, honradez y transparencia. Están obligados a cumplir directivas, evitar retrasos injustificados, rechazar influencias externas y mantener independencia jerárquica en sus decisiones.

Procedimiento disciplinario

El incumplimiento de las disposiciones puede dar lugar al inicio de un procedimiento disciplinario.Toda persona natural o jurídica debe reportar a la Unidad de Integridad Institucionalcualquier acto que vulnere el Código.

Asimismo, los servidores del Poder Judicial serán requeridos para suscribir la “Declaración Jurada de compromiso de cumplimiento del Código de Conducta del Poder Judicial”.

Este Código se enmarca en laPolítica Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupcióny en elModelo de Integridad y las disposiciones de la Secretaría de Integridad Pública(SIP).

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