Lima 13 Dic. (ANDINA) -
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), ente rector del sistema electoral, resolvió declarar nulas las elecciones primarias efectuadas por la organización política Acción Popular (AP) a fin de definir a sus candidatos para las Elecciones Generales 2026, por presentar vicios sustanciales que vulneran los principios de democracia interna y el debido proceso.
La decisión la adoptó mediante Resolución 0745-2025-JNE, en la que se señala que se ha advertido que no existe coincidencia entre la relación de delegados declarados ganadores por el Comité Nacional Electoral (CNE) de la AP y la lista de material electoral elaborada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en las elecciones primarias del pasado 30 de noviembre en las circunscripciones de Áncash, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Lima Norte, Lima Centro, Lima Oeste, Lima Provincias, Loreto, Piura, Tacna y Ucayali.
Se precisa que en las seis mesas de sufragio se incluyó a ciudadanos que no fueron elegidos en el proceso interno. “Esta situación evidencia que el 100 % de las mesas presentaron un vicio sustancial relacionado con la conformación del cuerpo electoral, afectando la legitimidad y regularidad del proceso de democracia interna de la OP”, se remarca.
Democracia internaEl pleno del JNE afirma que debe tomarse en cuenta que la “democracia interna constituye un principio fundacional del sistema de toda organización política, toda vez que garantiza que los procesos de selección de candidaturas se desarrollen bajo reglas objetivas, transparentes y participativas”. Este principio exige que las organizaciones políticas observen los principios constitucionales, normativos, así como los procedimientos establecidos en sus normas internas.
Por ello, indica que resultaría incompatible con el deber constitucional del supremo tribunal electoral de administrar justicia en materia electoral omitir un pronunciamiento sobre las impugnaciones y pedidos de nulidad presentados por diversos afiliados de AP, pues la administración de justicia electoral comprende, entre otros, fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y la legalidad de la realización de los procesos electorales.
Se precisa, además, que el sistema electoral —JNE, ONPE y Reniec—, debe asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos, y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa.
En riesgoEn la resolución, el pleno del JNE también señala que, si bien con este pronunciamiento se declara la nulidad de las elecciones primarias de AP, no resulta posible retrotraer dicho proceso electoral y convocar a nuevas elecciones primarias, puesto que se estaría quebrando el hito del 7 de diciembre de 2025 (elecciones por delegados), y se pondría en riesgo el hito del 15 de diciembre referido a la proclamación de los resultados de las elecciones primarias.
Afirma que, de convocarse a nuevas elecciones primarias en la organización política, se quebrantará el calendario de las Elecciones Generales 2026 que cuenta con plazos perentorios y preclusivos.
En voto en minoría, los magistrados Martha Elizabeth Maisch Molina y Aarón Oyarce Yuzzelli señalan que, con relación al incumplimiento de algún requisito legal o estatutario por parte de la organización política durante el desarrollo de sus elecciones primarias, dicho control deberá ser efectuado durante la etapa de inscripción de listas de candidatos.