Publicado 02/08/2026 09:46

ERM 2026: ONPE explica cómo se designarán los locales de votación

Archivo - Perú.- ERM 2026: conoce cómo se designarán los locales de votación
Archivo - Perú.- ERM 2026: conoce cómo se designarán los locales de votación - Andina/Daniel Bracamonte - Archivo

Lima 2 Ago. (ANDINA) -

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó cómo se realizará la designación de los locales de votación para las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026, un procedimiento técnico que considera criterios de infraestructura, seguridad, accesibilidad y cercanía de los electores.

A través de sus redes oficiales, la ONPE precisó quela Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) evalúa los posibles localessiguiendo un orden de preferencia y verifica que cumplan las condiciones necesarias para ser designados como centros de votación. Para ello, se tiene establecido el siguiente orden de prioridad:

Universidades, institutos e instituciones educativas públicas y privadas Locales municipales Demás entidades públicas u otros locales idóneos

Además, para determinar si un establecimiento puede funcionar como local de votación, la ODPE evalúa aspectos como el aforo, la infraestructura, la accesibilidad, la seguridad y la ubicación geográfica cercana a los electores.

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La ONPE indicó que, si una institución rechaza ser utilizada como local de votación, la ODPE puede levantar un acta de negación y, de corresponder, iniciar un procedimiento administrativo sancionador. En estos casos, la sanción contempla una multa no menor de 50 ni mayor de 100 UIT, es decir, una multa no menor a 275 000 soles ni mayor de 550 000 soles.

Esta información difundida se sustenta en la Resolución Jefatural N° RJ-95-2026, que aprobó el reglamento para el uso de instituciones educativas públicas, privadas y otros locales de votación designados para la instalación de mesas de sufragios.

Finalmente, el organismo electoral recordó que "un local de votación no solo presta un espacio, también contribuye al ejercicio del derecho al voto de la ciudadanía".

(FIN) ETA/JCRJRA

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