Publicado 10/02/2026 21:43

JEE inicia procedimiento sancionador contra José Williams de Avanza País

Lima 11 Feb. (ANDINA) -

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, dispuso el inicio del procedimiento sancionador contra el candidato presidencial de la agrupación política Avanza País-Partido de Integración Social, José Williams Zapata, por presuntamente haber omitido información en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV).

Así se establece en la Resolución Nº 01059-2026-JEE-LIC1/JNE, del 5 del presente mes, en la que se señala que el referido candidato habría omitido información requerida en el inciso 5 del numeral 23.3 del artículo 23 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas.

La información que habría omitido el aspirante presidencial está relacionada a sentencias condenatorias firmes impuestas por delitos dolosos.

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"Lo que constituye causal de exclusión conforme al numeral 23.5 del artículo 23 de la misma Ley; y, en adición a ello, porque se encontraría inmerso en la causal de exclusión prevista en el literal `a` del numeral 43.1 del artículo 43 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2026", señala la referida resolución.

La citada resolución fue notificada al personero legal titular de dicha organización política, Aldo Fabrizio Borrero Rojas.

Presunta infracción

La decisión del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, se sustenta en el Informe N° 000002-2026-LHD-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, del 4 de febrero, suscrito por Liliana Herrera de la Cruz fiscalizadora de hoja de vida asignadoa dicho Jurado Electoral Especial (JEE).

Este informe señala que la declaración jurada de hoja de vida deberá contener, entre otros, la relación de sentencias condenatorias firmes impuestas al candidato por delitos dolosos, incluyendo aquellas con reserva de fallo condenatorio, conforme lo establece la Ley de Organizaciones Políticas.

La resolución del JEE Lima Centro 1 también dispone otorgar al personero legal de Avanza País, el plazo de un día calendario para que proceda a realizar susdescargos a través de las plataformas virtuales disponibles del JNE y/o en forma presencial

(FIN) HTC/JCR

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