Publicado 06/01/2026 10:33

Perú.- JNE publica reglamentos sobre propaganda electoral y fiscalización de conductas prohibidas

Lima 6 Ene. (ANDINA) -

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó un reglamento referido a propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, así como otro referido a la fiscalización y sanción de conductas prohibidas en cuanto a dicha propaganda. Ello con miras a las elecciones regionales y municipales de este año y los procesos que se convoquen en lo sucesivo.

Para tal fin, se publicaron este martes en el boletínNormas Legales del Diario Oficial El Peruanolas resoluciones http://" target="_blank" class="ApplyClass">0844-2025-JNEy https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2473748-1" target="_blank">0845-2025-JNE, que contienen los citados reglamentos, aprobados por el pleno del organismo electoral.

Propaganda, publicidad estatal y neutralidad

El primero establece las disposiciones para el control y sanción de las infracciones en ladifusión de propaganda electoral y publicidad estatal, así como la regulación de las actividades relativas al

deber de neutralidad durante el periodo electoral.

Se señala que lo establecido en el texto es de cumplimiento obligatorio para las organizaciones políticas, personeros, candidatos, afiliados, autoridades, funcionarios o servidores públicos, promotores de consultas populares.

De igual modo, es obligatorio para las entidades públicas de los niveles de gobierno nacional, regional, local, organismos constitucionales autónomos (incluidos sus órganos descentralizados o desconcentrados, programas y proyectos), empresas del Estado, medios de comunicación social, instituciones privadas y ciudadanía en general.

El reglamento será aplicado en los procesos de Elecciones Generales, de representantes ante el Parlamento Andino, Elecciones Regionales, Elecciones Municipales, Elecciones Municipales Complementarias y procesos de consulta popular de referéndum y revocatoria.

El texto señala, en detalle, los lineamientos que se deben seguir para la difusión depropaganda electoral y publicidad estatal, las disposiciones sobreneutralidad electoral, así como elprocedimiento sancionadorpara quien vulnere dichas disposiciones.

Se precisa también el proceso que se seguirá al momento de imponer las sanciones respectivas, ya sea laamonestación pública o la imposición de una multa, así como el procedimiento para los recursos de apelación y las notificaciones.

Lee también: [Estas son las normas legales más importantes del martes 6 de enero de 2026]

Conducta prohibida en propaganda electoral

El segundo reglamento establece disposiciones para regular la labor de fiscalización y el procedimiento sancionador que se aplicará a las organizaciones políticas y a los candidatos que vulneren la prohibición de efectuar, de manera directa o a través de terceros, la

entrega o promesa de entrega de dinero, regalos, dádivas, alimentos, medicinas, agua, materiales de construcción, enseres del hogar u otros bienes durante el periodo electoral.

Las normas serán de cumplimiento obligatorio para elJNE, los jurados electorales especiales (JEE), organizaciones políticas, candidatos y ciudadanía en general.

Se precisa, además, quese aplicará en los procesos de elecciones generales, elecciones regionales, elecciones municipales y elecciones municipales complementarias.

En sus diferentes capítulos abarca las disposiciones en cuanto a lasconductas prohibidasen propaganda electoral y los supuestos de excepción; y lafiscalización electoralde la conducta infractora.

También contiene disposiciones para la determinación de una infracción, laimposición de sanción, los casos de reincidencia y de exclusión inmediata,así como lo referido a los recursos de apelación y notificaciones.

Contador

Contenido patrocinado