Publicado 03/02/2026 13:15

Miembros de mesa:¿excusa o justificación? qué presentar si tienes impedimento para ejercer

Lima 3 Feb. (ANDINA) -

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sorteó a los miembros de mesa que se harán cargo de las elecciones generales del 12 de abril. Conoce desde cuándo y en qué casos se puede presentar una excusa o una justificación en caso tengan algún algún impedimento para ejercer el cargo.
Franz Paz, vocero de la ONPE, explicó a la agenciaAndinaque tanto lajustificación como excusa están referidos solo a los miembros de mesay

pueden tramitarse por razones previstas en la ley una vez que se produzca la publicación definitiva de los miembros de mesa.

En este momento, según explicó, la lista de miembros de mesa sorteados por la ONPE se encuentra en periodo de techa, proceso que culmina tres días después de la publicación provisional o primera publicación.

Recordó que la publicación de miembros de mesa se realiza en todo el país y fuera del territorio nacional, a través de los consulados.

“A partir del día de la publicación recién se comienza a contar en ese lugar el plazo para la tacha. La idea es que todos los ciudadanos con derechos hábiles puedan presentar las tacha si considera que un miembro de mesa que ha salido sorteado que por alguna razón tiene un impedimento para ejercer el cargo”, manifestó.

La tacha, según dijo, se presenta ante las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) y es resuelto por los Jurados Especiales Electorales (JEE).

Una vez que se resuelven las tachas, recién se publica la lista definitiva de miembros de mesa.

Excusa

Paz explicó que la

excusa solo está dirigido a los miembros de mesa que por alguna de las causales prevista en la ley no pueden cumplir esa labor el día de las elecciones.

Se presenta, según explicó, hasta cinco días después de la publicación definitiva de los miembros de mesacuya fecha máxima está prevista para el 18 de febrero. “Tienen hasta el 23 de febrero para solicitar ser excusado de ejercer el cargo de miembro de mesa”, refirió.
Las razones para solicitar una excusa estánson haber cumplido 65 años, ser una mujer gestante o en periodo de lactancia de niños hasta los dos años de edad, encontrarse fuera del territorio nacional,tener un notorio o grave impedimento físico o mental.

También estar incurso en las causales del artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones: ser candidato o personero de una organización política, ejercer funciones como autoridad política, ser representante elegido por voto popular, integrar los comités directivos de una organización política, ser cónyuge o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de otro miembro de la misma mesa de sufragio, ser cónyuge o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de un candidato inscrito en el Padrón Electoral del Exterior o ser miembro en actividad de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú, cuando participe en actividades vinculadas al desarrollo del proceso electoral en el exterior.

“Los que estén comprendidos dentro de estos artículos pueden solicitarlo. Ahora,si yo no estoy comprendido en ese marco y tengo una excusa que puede ser evaluada por la ODPE, la puedo presentary se evaluará las razones que expones que le impiden ser miembro de mesa", apuntó.

Justificación

Lajustificaciónpara los miembros de mesa, en cambio, se puede tramitar desde la publicación de la lista definitiva hasta cinco días antes de las elecciones, es decir, hasta el 7 de abril próximo.
Solamente funciona en casos de enfermedado por que el miembro de mesa debeausentarse temporalmente del paíspor alguna urgencia.

Paz precisó que tanto la excusas como la justificación se tramitan ante las ODPE en forma presencial o de manera virtual

Indicó además que si por alguna razón un miembro de mesa tiene un impedimento para ejercer el cargo de miembro de mesa fuera de los plazos previstos, puede pedir una justificación ante los jurados especiales electorales después de las elecciones.

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