Lima 9 Mar. (ANDINA) -
El Ministerio de Educación (Minedu) formalizó la prestación temporal del servicio educativo en modalidad remota en las instituciones y programas educativos públicos y privados ubicados en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, como parte de las medidas adoptadas frente a la contingencia en el suministro de gas natural que atraviesa el país.
La medida fue establecida mediante laResolución Viceministerial N.º 033-2026-MINEDUyestará vigente hasta el 14 de marzo, en el marco de la emergencia en el suministro de gas natural declarada mediante
la Resolución Viceministerial N.º 004-2026-MINEM-VMH.
El ministro de Educación, Erfurt Castillo Vera, anunció que se“adopta una medida responsable que permite garantizar la continuidad del servicio educativo mientras el país enfrenta esta situación extraordinaria vinculada al suministro de gas natural. Se trata de una disposición excepcional y temporal que permitirá que nuestros estudiantes continúen con sus clases sin interrupciones”.
De acuerdo con la norma, publicada en la edición extraordinarias deNormas Legales del Diario Oficial El Peruano, las instituciones educativas desarrollarán las actividades académicasmediante plataformas digitales u otros mecanismos de educación a distancia, a fin de asegurar la continuidad del proceso de aprendizaje durante el periodo de aplicación de la medida.
Asimismo, las direcciones regionales de educación (DRE) y las unidades de gestión educativa local (UGEL)brindarán asistencia técnica y orientaciones a las instituciones educativaspara facilitar la implementación de la modalidad remota y realizar el seguimiento correspondiente.
Las instituciones educativas deberán comunicar oportunamente a las madres, los padres de familiay los apoderados la implementación de esta modalidad temporal.
De manera excepcional, las instituciones educativas públicas y privadas que no cuenten con plataformas digitales, conectividad u otros medios que permitan implementar la modalidad remota podrán brindar el servicio educativo de manera presencial, siempre que ello resulte indispensable para asegurar la continuidad del aprendizaje. Esta situación deberá ser comunicada a la UGEL correspondiente, así como a las madres, los padres de familia o los apoderados.
El Minedu precisó que las DRE, las UGEL y los órganos competentes del sector realizarán el seguimiento y la supervisión del cumplimiento de lo dispuesto en la resolución.
“El objetivo de esta disposición es contribuir también a la reducción de la movilidad durante la contingencia energética, sin afectar el derecho de los estudiantes a continuar con su proceso educativo”,puntualizó el titular del sector.
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