Publicado 02/12/2025 23:34

Normas legales: modifican reglamento para permitir renuncia de partidos a franja electoral

Lima 3 Dic. (ANDINA) -

Las organizaciones políticas podrán renunciar a la franja electoral en las elecciones generales, regionales y municipales, así como en sus respectivas elecciones primarias, de acuerdo a una modificación del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

La renuncia se hará mediante la presentación de un documento dirigido a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) de laONPE, suscrito por el personero legal o, en caso de ausencia debidamente acreditada, por su suplente.

“Excepcionalmente, cuando no exista personero legal titular ni suplente, dicho documento podrá ser suscrito por el representante legal”, señala la https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2464938-1" target="_blank" class="ApplyClass">Resolución Jefatural N° 000189-2025-JN/ONPEpublicada en la edición extraordinaria de

Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

LaONPEcomunicará a la organización política la aceptación dela renuncia, la cual surtirá efecto desde la fecha de presentación del documento y

tendrá el carácter de irrevocable.

“En caso de que, con anterioridad a la emisión de la resolución jefatural que aprueba la adjudicación económica, alguna organización política formalice su renuncia, dicha organización será excluida de la distribución, reajustándose el importe correspondiente entre las demás organizaciones políticas que mantengan su participación”, asegura la norma.

[Lea también: Normas legales: Aprueban reglamento de primarias para elecciones regionales y municipales]

En las disposiciones extraordinarias, se precisa que para las elecciones primarias de las elecciones regionales y municipales 2026 se otorgará de manera excepcional el Financiamiento Público Indirecto a todas aquellas organizaciones políticas que cuenten con candidaturas inscritas ante sus respectivos órganos electorales estatutarios.

Asimismo, precisa que en laselecciones regionales y municipales 2026, que incluye las elecciones primarias, las organizaciones políticas y los candidatos o sus responsables de campaña, presentarán su información financiera, en dos momentos:

1. El periodo de la primera entrega comprende desde la convocatoria hasta 30 días calendario antes del día de la elección definitiva. El plazo para la entrega será fijado por la ONPE.

2. El periodo de la segunda entrega comprende desde el día siguiente de culminado el periodo de la primera entrega hasta el día de la publicación de la resolución de conclusión en el diario oficial El Peruano. Su presentación se realiza en un plazo no mayor a 15 días hábiles.

Se pone en conocimiento los alcances de la presente resolución al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec)

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