Lima 15 Mar. (ANDINA) -
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) dispuso modificaciones al Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, con el objetivo de adecuar diversos procedimientos vinculados a la franja electoral y a la difusión de propaganda política.
La medida fue oficializada mediante la https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2495908-1" class="ApplyClass">Resolución Jefatural N.° 000042-2026-JN/ONPE, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La norma modifica los artículos 53, 55, 56, 57 y 62 del citado reglamento, a fin de precisar disposiciones relacionadas con la distribución de la franja electoral en
elecciones generales, regionales y municipales.
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Entre los cambios, se establecen precisiones sobre ladistribución de los espacios de franja electoral en radio, televisión y medios digitales, a los que accederán las organizaciones políticas que tengan candidatos inscritos en los procesos electorales.
Según la norma, en laselecciones generales,la franja electoral setransmite desde 60 días antes de los comicios hasta dos días previos al acto electoral.En ese periodo, las organizaciones políticas con candidatos inscritos pueden difundir sus mensajes en medios de comunicación y plataformas digitales.
Para las elecciones regionales y municipales, el reglamento establece que la franja electoraltambién se emite durante los 60 días previos a la votación y hasta dos días antes del proceso electoral,con un espaciodiariototal que
no podrá superar los diez minutos.
Asimismo, se precisa que las organizaciones políticas deberánacreditar a un representante y un suplente,quienes serán los únicos autorizados para entregar y aprobar la difusión de los mensajes o grabaciones que se transmitirán en radio, televisión o redes sociales.
En el caso de laselecciones regionales y municipales, la acreditación de estos representantes podrá presentarseen las sedes de la ONPE ubicadas en las capitales de departamento, el Callao y Huaura,o mediante la Mesa de Partes Virtual.
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La norma también establece nuevas disposiciones para el sorteo que determina el orden de aparición de las organizaciones políticas en la franja electoral.Este acto público será organizado por la ONPE y se realizará con la participación de personeros y un notario, quien dará conformidad al procedimiento.
De manera excepcional, la entidad podrá fijar unlugar distinto al de las oficinas descentralizadas de procesos electoralespara realizar el sorteo, cuando existan razones administrativas u operativas.
Espacios en franja electoral
Otro cambio está relacionado con ladistribución de los espacios en la franja electoral.En las elecciones generales, la mitad del tiempo disponible se repartirá de manera igualitaria entre las organizaciones políticas con candidatos inscritos y la otra mitad se distribuirá de forma proporcional según su representación en el Congreso.
Para las elecciones regionales y municipales, la distribución del tiempo seráigualitaria entre las organizaciones políticas que participen en cada circunscripción, y cada agrupación podrá transmitir grabaciones de hasta treinta segundos.
La resolución también actualiza los requisitos que deben presentar losproveedores de medios de comunicación para acreditar la transmisión de propaganda electoral.En ese sentido, se elimina la obligación de entregar el material en formato DVD u otros medios físicos, permitiendo que la información se presente mediante mecanismos digitales.
La norma dispone, además, poner en conocimiento delJurado Nacional de Elecciones (JNE)y delRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec)las modificaciones aprobadas.
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