Publicado 10/05/2026 09:50

Normas Legales: PCM actualiza Plan Multisectorial ante Incendios Forestales 2025-2027

Andina/Difusión

Lima 10 May. (ANDINA) -

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó la actualización del Plan Multisectorial ante Incendios Forestales 2025-2027 para el presente año, mediante un dispositivo publicado este domingo en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Se trata del https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2513809-1" target="_blank" class="ApplyClass">Decreto Supremo 069-2026-PCM, el cual actualiza elAnexo 4- Distritos con riesgo muy altoy elAnexo 5- Distritos con riesgo altodel mencionado plan multisectorial.

Asimismo, se incorpora a dicho documento los siguientes anexos:

- Anexo 7- Metas físicas y financieras del Plan Multisectorial ante incendios Forestales 2025-2027, para el año 2026

- Anexo 8 - Alcance geográfico de las intervenciones multisectoriales del Plan Multisectorial ante Incendios Forestales 2025-2027, para el año 2026

- Anexo 9 - Cartera de inversiones del Plan Multisectorial ante Incendios Forestales 2025-2027, para el año 2026.

Se precisa que la implementación de las intervenciones y programación de metas contenidas en los anexos 7, 8 y 9 se financian con cargo a la disponibilidad presupuestal de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

En tanto, laSecretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la PCMes la encargada de realizar el seguimiento al cumplimiento de las intervenciones y programación de metas contenidas en los Anexos 7, 8 y 9 del Plan Multisectorial.

Además, la norma señala que los ministerios involucrados remiten a esta Secretaría, para el seguimiento respectivo, elcronograma de ejecución de las intervenciones contenidas en los Anexos 7, 8 y 9dentro del plazo de 10 días calendario, contados a partir de la vigencia del presente decreto supremo.

De igual modo, deberán remitir elavance del cumplimiento de las metas físicas y financierasy de las intervencionescontenidas en dichos anexos, con el sustento respectivo, dentro del plazo de 15 días calendario del mes siguiente con corte al último día del mes anterior. Estos deben elaborarse sobre la base del cronograma de ejecución antes señalado.

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