Lima 14 Feb. (ANDINA) -
El Gobierno oficializó el decreto que modifica el artículo 94 de la Ley de Concesiones Eléctricas, con la finalidad de incrementar los niveles de iluminación en las vías con índices de criminalidad comprobados.
Esta medida se oficializa a través delDecreto Legislativo Nº 1740, publicado en el boletín extraordinario deNormas Legales del Diario Oficial El Peruano.
En tal sentido,se podrá contribuir a la seguridad ciudadana mediante la mejora de los niveles de iluminación del alumbrado público, a fin de reducir los riesgos asociados a la comisión de delitos contra la vida, el cuerpo y la salud de las personas.
El artículo 94 de la Ley de Concesiones Eléctricas modificado indica que la energía correspondiente será facturada al Municipio. "De no efectuarse el pago por dos meses consecutivos, el cobro se efectuará directamente a los usuarios, de acuerdo al procedimiento fijado en el Reglamento", dice.
"Las municipalidades podrán ejecutar a su costo, instalaciones especiales de iluminación, superior a los estándares que se señale en el respectivo contrato de concesión. En este caso deberán asumir igualmente los costos del consumo de energía, operación y mantenimiento", agrega.
Mientras que en las disposiciones complementarias, precisa que el Ministerio de Energía y Minas (Minem), mediante resolución ministerial, aprueba el procedimiento para la ejecución y determinación de los costos adicionales.Asimismo, señala que el Poder Ejecutivo con el refrendo del Minem en un plazo de 30 días hábiles, contados desde la publicación de la presente norma, aprueba las adecuaciones normativas al Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.El decreto legislativo cuenta con la firma del presidente de la república, José Jerí; el titular del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez; y el ministro de Energía y Minas, Luis Bravo.