Publicado 19/11/2025 23:28

Poder Ejecutivo oficializa estado de emergencia en Trujillo y Virú en La Libertad

Lima 20 Nov. (ANDINA) -

El Poder Ejecutivo oficializó hoy, por el término de 60 días calendario, la declaratoria de emergencia en las provincias de Trujillo y Virú, en el departamento de La Libertad, con la finalidad de hacer frente a la criminalidad.

Dicha medida se oficializa a través del Decreto Supremo N° 130-2025-PCM, publicado en el boletín extraordinario de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Se establece que durante el referido periodo laPolicía Nacional mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadasy determina las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.

Asimismo, precisa que durante el estado de emergencia se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política, en lo que concierne a larestricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionalesrelativos a la

inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

Además, señala que para larealización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se debe solicitar el permisocorrespondiente ante las autoridades competentes para su evaluación de acuerdo con el artículo 4 del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones. Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de permiso previo.

Respecto a laintervención de la PNP y de las FF.AA. se efectúa conforme a lo dispuesto al Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, modificado por la Ley que modifica el Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, para precisar el uso de armas letales y no letales e incorporar el uso de armas de fuego en caso de flagrante delito.

De igual modo, elTítulo II del Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadasen el territorio nacional, y su Reglamento; así como, en el“Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”.

También,se declara en sesión permanente en tanto dure la declaratoria del estado de emergencia al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) de La Libertad, a los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) de las provincias de Trujillo y de Virú, así como al Comando y los Comités constituidos.

Conformación

De otro lado, establece que se conforman dentro de las 24 horas de entrada en vigencia el Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO), así como, los Comités de Coordinación Distrital (CCD), el Comité de Inteligencia (CI), el Comité de Fiscalización (CF) y el Comité de Comunicación Estratégica (CCE), con integrantes cuya participación es indelegable.

Medidas

El decreto agrega que iniciada la vigencia del estado de emergencia el personal que participa del patrullaje u operativos no utiliza equipos de comunicación de uso personal en aquellas operaciones que son comunicadas con carácter de reservado, y usan elementos para proteger su identidad en operativos especiales. Y, se establecen una serie de medidas.

Acciones

En tanto, las disposiciones complementarias, señala que durante el estado de emergencia el control de acceso a los establecimientos penitenciarios en la provincia de Trujillo, de todas las personas, se realiza en presencia y con apoyo del personal policial y de las fuerzas armadas.

También, se dispone el funcionamiento de equipos bloqueadores e inhibidores en establecimientos penitenciarios

De igual modo, con apoyo de la Agencia Espacial del Perú (CONIDA), utiliza imágenes satelitales para el monitoreo en zonas de riesgo y control territorial en apoyo a la PNP y FF.AA. en tanto dure el estado de emergencia.

Tumbes y Zarumilla

Por otro lado, por medio de otro decreto supremo se declara por el término de 60 días calendario, el estado de emergencia en las provincias de Tumbes y Zarumilla del departamento de Tumbes, para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia.

La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determina las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.

Durante dicho periodo se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

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