Publicado 26/04/2024 23:10

Perú.- Publican decreto de urgencia que otorga apoyo extraordinario a gobiernos locales

Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (imagen referencial).
Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (imagen referencial). - Andina/Andrés Valle

Lima, 27 Abr. (ANDINA) -

El Poder Ejecutivo publicó este viernes el Decreto de Urgencia N° 008-2024 que establece un apoyo extraordinario a los gobiernos locales, hasta por 500 millones de soles, para mitigar la contracción de la actividad económica.
El decreto de urgencia aparece hoyen una edición extraordinaria delDiario Oficial El Peruano,luego de que esta tarde fuera anunciado en conferencia de prensa por el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

“El presente Decreto de Urgencia tiene por objetodictar una medida urgente destinada a otorgar un apoyo extraordinario a favor de gobiernos locales frente a la disminución de la recaudación de sus ingresos,evitando con ello la afectación de los servicios públicos que tales entidades brindan y contribuir con mitigar la contracción de la economía nacional”, detalla la norma.

En su artículo 2, el decreto autoriza al Poder Ejecutivo, en el año fiscal 2024, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos locales,hasta por la suma de S/ 500 millones, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas,para financiar su gasto operativo e inversiones.

“Para efectos de lo establecido en el numeral precedente –continúa la norma–, la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal desarrolla una metodología en función a lapolítica de distribución de recursosa los gobiernos locales”.

Añade que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas en el numeral 2.1 del presente artículo se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el cual se publica en el diario oficial El Peruano

hasta el 15 de mayo de 2024.

“La aplicación de lo dispuesto en el presente artículo queda exceptuada de lo establecido en el artículo 39 del Decreto Legislativo Nº 1440,

Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”.

“El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de mayo de 2024”, agrega el texto.

Refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, y el Ministro de Economía y Finanzas, José Arista,

el decreto de urgencia está firmado por la Presidenta de la República, Dina Ercilia Boluarte Zegarra.

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