Lima 20 Ene. (ANDINA) -
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitir, en un plazo de 60 días, un decreto supremo con una nueva metodología de actualización y un nuevo procedimiento administrativo de registro, actualización y forma de pago para los bonos de la deuda agraria de quienes sufrieron expropiaciones de tierras por parte de la Dirección General de Reforma Agraria.
Ello, tras declarar fundada por mayoría la demanda de amparo de Mónica Jimena Burga Fernández, sucesora procesal de Jorge Burga Olazabal, contra los jueces de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y el procurador público del MEF, por violación al debido proceso y a recibir una indemnización justipreciada por la expropiación.
El TC declaró además inaplicable el Anexo 1 del Decreto Supremo 242-2017-EF porque vulnera el Auto 00022-1996-AI/TC, que determina la actualización del valor de la deuda a la fecha de emisión de los bonos, en la que se estableció el principio valorista.
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“El MEF ha incumplido lo dispuesto en las citadas resoluciones al establecer una fórmula de valorización y pago de la deuda, que convierte en irrisoria la indemnización, vaciando de contenido la inviolabilidad de la propiedad”, señala el TC.
La sentencia del TC también declara nula la Resolución 2 de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, y ordena a ese órgano jurisdiccional que emita un nuevo pronunciamiento según lo indicado en los fundamentos de su sentencia.
El Pleno del TC está integrado por los magistrados Luz Pacheco Zerga, Helder Domínguez Haro, Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez. El magistrado Manuel Monteagudo Valdez no participó conforme a la abstención aprobada por el Pleno el pasado 1 de diciembre de 2025.
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